temporada de impuestos 2022

$500 por cada dependiente: entérate si calificas para este crédito poco conocido del IRS

Los contribuyentes elegibles podrán recibir hasta $500 por cada dependiente elegible bajo este crédito.

Telemundo

Maylín Legañoa entrevistó a preparadores de impuestos sobre estos cambios.

Si bien millones de contribuyentes solicitan el Crédito Tributario por Hijos (CTC) al declarar impuestos, existe otro beneficio poco conocido que le permite a algunos recibir dinero si cuidan de alguien que no califica para el CTC.

Y es que según el Servicio de Impuestos Internos (IRS por sus siglas en inglés), el llamado Crédito por Otros Dependientes le permite a los contribuyentes recibir hasta $500 por cada dependiente en sus declaraciones si es que reclaman como dependiente a alguien que no califica para recibir el popular CTC.

¿Cómo pueden los contribuyentes reclamar este crédito y quiénes son elegibles?

El IRS explica que los contribuyentes pueden reclamar el Crédito por Otros Dependientes si:

  • No pueden usar al dependiente para reclamar el Crédito Tributario por Hijos
  • El dependiente es un ciudadano estadounidense
  • El contribuyente reclama a la persona como dependiente en su declaración de impuestos

¿Quién es elegible para ser reclamado bajo este crédito?

  • Padres dependientes u otros parientes calificados mantenidos por el declarante
  • Dependientes de cualquier edad, incluidos los mayores de 18 años
  • Dependientes que viven con el contribuyente que no están relacionados con el contribuyente
  • Dependientes que tienen números de Seguro Social (SSN) o números de Identificación Personal del Contribuyente (ITIN).

¿Hay restricciones de salario para recibir el crédito?

Según el IRS, las parejas que reclamaron impuestos en cojunto y ganaron más de $400,000 no podrán recibir el beneficio. Los solteros que ganaron más de $200,000 tampoco podrán reclamarlo.

¿No sabes si calificas?

El IRS cuenta con una herramienta interactiva donde los contribuyentes podrán averiguar si califican para este beneficio y otro crédito.

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